Quieres que tu patrimonio esté bien estructurado

«Pago cada año un impuesto solo por tener patrimonio.»

Fachada clásica de un edificio de viviendas

El Impuesto sobre el Patrimonio y el de Grandes Fortunas dependen de cómo está organizado lo que tienes. Revisamos tu estructura y vemos qué conviene ordenar.

Lo que conviene decidir antes

  • Si tu empresa cumple los requisitos para quedar exenta como empresa familiar, y qué hay que ajustar para que los cumpla.
  • Si tienes tesorería o bienes en la empresa que le restan la exención.
  • Cómo afecta el límite conjunto entre la renta y el patrimonio a tu caso.
  • Si tiene sentido agrupar participaciones e inversiones en una holding familiar.

Cómo lo trabajamos

Hacemos una foto completa de lo que pagas hoy y de por qué. A partir de ahí proponemos los cambios, con su coste y su plazo, y cada año revisamos que la estructura sigue cumpliendo los requisitos, porque las exenciones se pierden si se dejan de cumplir.

Errores que vemos a menudo

  • Dar por hecho que la empresa está exenta sin comprobar los requisitos cada año.
  • Acumular liquidez en la sociedad operativa.
  • Mirar este impuesto solo, sin tener en cuenta la renta ni la sucesión.

Socio de referencia

Iván Cabeza Mora

Socio fundador y director general

Hablar con Iván

Preguntas frecuentes

¿Se puede reducir legalmente el Impuesto sobre el Patrimonio?

Sí, aplicando bien las exenciones y límites que prevé la propia ley, como la de empresa familiar. Siempre con estructuras que tengan sentido económico y resistan una inspección.

¿Qué diferencia hay entre el Impuesto sobre el Patrimonio y el de Grandes Fortunas?

El primero lo gestiona cada comunidad autónoma; el segundo es estatal y afecta a los patrimonios más altos. Lo que se paga por el primero se descuenta del segundo.