Quieres que tu patrimonio esté bien estructurado
«Pago cada año un impuesto solo por tener patrimonio.»
El Impuesto sobre el Patrimonio y el de Grandes Fortunas dependen de cómo está organizado lo que tienes. Revisamos tu estructura y vemos qué conviene ordenar.
Lo que conviene decidir antes
- Si tu empresa cumple los requisitos para quedar exenta como empresa familiar, y qué hay que ajustar para que los cumpla.
- Si tienes tesorería o bienes en la empresa que le restan la exención.
- Cómo afecta el límite conjunto entre la renta y el patrimonio a tu caso.
- Si tiene sentido agrupar participaciones e inversiones en una holding familiar.
Cómo lo trabajamos
Hacemos una foto completa de lo que pagas hoy y de por qué. A partir de ahí proponemos los cambios, con su coste y su plazo, y cada año revisamos que la estructura sigue cumpliendo los requisitos, porque las exenciones se pierden si se dejan de cumplir.
Errores que vemos a menudo
- Dar por hecho que la empresa está exenta sin comprobar los requisitos cada año.
- Acumular liquidez en la sociedad operativa.
- Mirar este impuesto solo, sin tener en cuenta la renta ni la sucesión.
Preguntas frecuentes
¿Se puede reducir legalmente el Impuesto sobre el Patrimonio?
Sí, aplicando bien las exenciones y límites que prevé la propia ley, como la de empresa familiar. Siempre con estructuras que tengan sentido económico y resistan una inspección.
¿Qué diferencia hay entre el Impuesto sobre el Patrimonio y el de Grandes Fortunas?
El primero lo gestiona cada comunidad autónoma; el segundo es estatal y afecta a los patrimonios más altos. Lo que se paga por el primero se descuenta del segundo.